Convención contra Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanas o Degradantes

Convención contra Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanas o Degradantes

La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada por las Naciones Unidas en 1984, es el principal instrumento internacional destinado a prevenir y sancionar la tortura en todas sus formas. Desarrolla la prohibición absoluta de estos actos y reafirma que ninguna circunstancia excepcional, ni siquiera la guerra o la inestabilidad interna, puede invocarse para justificarlos.

El tratado define la tortura como la imposición intencional de dolor o sufrimiento grave por parte de agentes del Estado -o con su consentimiento- con fines de castigo, intimidación, discriminación u obtención de información. En consecuencia, obliga a los Estados a tipificarla como delito, investigar de manera pronta e imparcial toda denuncia, proteger a las víctimas y garantizar su derecho a reparación, además de prohibir la expulsión de personas hacia países donde corran riesgo de ser torturadas.

La Convención establece asimismo mecanismos de supervisión internacional a través del Comité contra la Tortura, consolidándose como un pilar fundamental en la protección de la dignidad humana frente a los abusos del poder estatal.

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